miércoles, 13 de noviembre de 2019

Detectores de riesgo y maltrato infantil "explotación laboral o inducción a la mendicidad"


Intervención en situaciones de riesgo y maltrato infantil.

  • explotación laboral o inducción a la mendicidad.

1.Tipo de maltrato:

Mendicidad: Se utiliza al niño/a para que este mendigue de forma periódica o algunas veces la mendicidad es por iniciativa propia.
Explotación laboral: El niño/a es obligado a realizar trabajos excediendo límites y que son propios de adultos, esto interviene en sus actividades infantiles y escolaridad.

Tipos:
  • Trabajo infantil en la agricultura.
  • Trabajo infantil y conflictos armados.
  • Explotación sexual comercial infantil.
  • Trabajo infantil y trabajo doméstico.
  • Migración y trabajo infantil.
  • Minas y canteras.
  • Seguridad en el trabajo para los jóvenes.
  • Trata infantil.

La explotación laboral genera unos beneficios entorno a los 150 mil millones de dólares anuales a la economía privada.
La agricultura, la construcción, las manufacturas y el ocio son los sectores con más prácticas relacionadas con la violación de derechos laborales y discriminación de mujeres, menores de edad, niños, trabajadores de baja cualificación o pueblos indígenas por trabajo forzado o semiesclavitud.
Poco de lo que habitualmente consumimos está a salvo de que en su cadena de producción se hayan dado condiciones de esclavitud.
A partir de la Ley Orgánica 1/2015, el Código Penal español en su artículo 177bis, “castiga la trata de seres humanos, criminalizando la captación, transporte o acogida de personas a fin de favorecer determinadas conductas, tales como la imposición de trabajos o de servicios forzados, la esclavitud o prácticas similares, como la explotación sexual.” Sin embargo, la explotación infantil se da en la mayoría de los países teniendo sus cifras más elevadas América Latina, África y Asia.


2. Indicadores de riesgo:

INDICADORES DE EXPLOTACIÓN LABORAL EN EL MENOR:
1. Absentismo escolar reiterado y no justificado.
2. Abandono del sistema educativo.
3. Fracaso escolar.
4. Participación en actividades de mendicidad.
5. Dificultad para realizar actividades lúdicas adecuadas a su edad.
6. Dificultad para mantener relaciones sociales habituales para su edad.
7. Cansancio y fatiga continua.
EN LOS CUIDADORES:
1. Sistema de vida basado en la marginalidad.
2. Cambios constantes de domicilio.
3. Despreocupación o falta de conocimiento de las necesidades cognitivas y sociales del menor.
4. Falta de respuesta a los requerimientos del centro educativo.
5. Justificación inadecuada de las ausencias escolares de sus hijos.


3. Noticia sobra la explotación infantil:
El trabajo infantil en España se esconde tras la prostitución y la mendicidad
215 millones de pequeños son explotados laboralmente a nivel mundial, según la Organización Internacional del Trabajo. ¿Puede extenderse esta práctica en España?, el sindicato UGT desarrolló en 2005 y 2006 el programa "Sin tiempo para crecer" porque había detectado que el tiempo de algunos menores en el campo y como temporeros era excesivo y sí que había explotación laboral. 
Dentro del trabajo infantil está lo que la OIT llama “las peores formas”. Es decir, actividades que entrañan la manipulación de cargas, exposición a elementos químicos o a otros riesgos. “Incluso los menores en edad legal para trabajar tienen que quedar exentos de tales actividades. Por ejemplo, un chico de 17 años subido al andamio de una obra, o cargando peso… eso también es trabajo infantil a erradicar”, puntualiza Nieto.
La inspección de Trabajo y Seguridad Social ha detectado en los últimos años una media de 50 infracciones en empresas por tener trabajando a menores. Y a principios de década un informe de Unicef señaló que había 172.000 críos que ayudaban a sus familias en el campo, la ganadería o en tareas domésticas. En España, los únicos menores de 16 años que pueden trabajar gracias a un real decreto son los que se dedican al ámbito artístico.
Canción: 
Vídeos:

 mendicidad: 






explotación laboral:




4.Infografía




5.Bibliografía/Webgrafía







Limitaciones del trabajador menor de 18 años: https://www.cuestioneslaborales.es/limitaciones-del-trabajador-menor-de-18-anos/



Componentes: Almudena González, Sylvia Rodríguez, Iris Martín, Andrea Cabañas y Sandra Salgado


















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